Según el artículo 135 literal d) de la Constitución Política
de la República, es deber de los guatemaltecos, entre otros, contribuir a los gastos
públicos de conformidad con la ley. Este artículo de la Norma Suprema
lamentablemente, no es muy conocido por muchos guatemaltecos, principalmente
aquellos que no están relacionados con el ámbito legal. Muchas personas piensan
que la obligación de pagar impuestos está en cada una de las leyes que los
establecen, pero vemos que no es así, pues existe un mandato constitucional
para colaborar con el Estado en sus gastos.
Es costumbre del chapín andar buscando la forma de no cumplir
con las obligaciones. Siempre vemos como darle vuelta a las cosas; por ejemplo,
buscamos ambigüedades en las leyes, en las redacciones de los contratos, etc.
todo para no satisfacer los deberes a los que nos hemos comprometido. Pagar impuestos,
es un caso paradigmático de esta conducta chapina.
Cuando en la anterior Ley del ISR, existía la posibilidad de
utilizar la famosa “planilla del IVA” para acreditarla al ISR, andábamos
buscando facturas para ingresarlas a la planilla y con ello bajar el impuesto,
llegando incluso a solicitar devoluciones del impuesto. Sin embargo, pocas facturas
que formaban parte de esa planilla eran facturas que llenaban los requisitos
que establecía la Ley para ser consideradas como válidas. La SAT se percataba
de eso, hasta que iniciaba con los programas de fiscalización dedicados a
verificarlas. A muchas personas se les
devolvió ISR “retenido en exceso”, basados en facturas que no eran válidas, lo
cual se evidenció hasta que la SAT revisó algunas planillas. En la nueva Ley
del Impuesto Sobre la Renta, prácticamente desapareció la utilidad de la
“planilla del IVA”; con lo cual, a mi parecer se perdió una herramienta
gratuita de fiscalización, pues las personas al pedir facturas en sus
transacciones, ayudaban a la SAT.
Con las empresas sucede lo mismo: tanto el régimen optativo de
la anterior Ley del ISR y el régimen sobre las utilidades de las actividades
lucrativas establecido en la nueva ley, permiten deducir del total de sus
ingresos, los costos y gastos que sirvan para producir esos ingresos. Sin
embargo, la larga batalla de la SAT es verificar que las empresas hayan efectuado
realmente esos gastos y que no sean otros, no relacionados. Muchas de las
auditorías de la SAT van precisamente por ahí.
Estos dos simples ejemplos nos llevan al título de esta
columna: ¿Por qué nos resistimos a pagar impuestos? ¿Por qué creamos
estructuras, muchas veces ilegales, para bajar nuestra carga tributaria? La
respuesta seguramente es: Porque se los roban; porque los recursos que se
obtienen de los impuestos, los utilizan en cosas distintas menos en atender los
gastos sociales: salud, seguridad, educación, etc. Sin embargo, ¿hasta dónde
podemos llegar con esa resistencia a pagar impuestos? Si seguimos viendo que se
los roban, ¿simplemente vamos a utilizar nuestro “derecho de legítima
resistencia” y quebrar definitivamente a un Estado, que ya se encuentra en
trapos de cucaracha?
En ASPRODECO somos plenamente conscientes que la obligación
de contribuir a los gastos del Estado no puede diferirse de ninguna manera y
por ningún guatemalteco. Todos debemos colaborar en atención a nuestras
posibilidades. Ello nos permitirá verificar que esos ingresos sean utilizados
correctamente y también exigir a nuestras autoridades el cumplimiento de sus
obligaciones. Caso contrario, preparémonos para regresar a la edad de las
cavernas.
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